Las empresas de agua deben atender la emergencia y responder por los perjuicios ocasionados según la SUNASS

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) recuerda que las empresas prestadoras (EPS) están obligadas a contar con una póliza de seguros de responsabilidad civil, instrumento clave para cubrir los perjuicios ocasionados a personas, viviendas y bienes de los usuarios.

Ante una emergencia de este tipo, la EPS debe intervenir para controlar los posibles incidentes y reducir la afectación. Paralelamente, es fundamental que los usuarios actúen oportunamente y sigan estas recomendaciones:

  1. Reportar el hecho de inmediato, brindando la dirección, el área afectada y el número de suministro.
  2. Reunir evidencias, como fotografías, videos, documentos o testimonios que acrediten los daños, tanto los ocurridos a las personas como a sus bienes.
  3. Registrar un reclamo formal en los canales oficiales de su empresa prestadora.
  4. Solicitar la evaluación de los daños, a fin de que la empresa determine la responsabilidad y proceda conforme a lo establecido.

Las empresas de agua son las responsables de realizar las gestiones para que la póliza contratada se active en caso ocurra un hecho que afecte a los usuarios, salvo que la EPS asuma directamente los daños ocasionados.

Es importante señalar que la obligación normativa también incluye los daños a las personas para considerarlos en el concepto de reparación.

Durante todo el proceso, la Sunass supervisa que la empresa atienda los problemas operacionales, ejecute la limpieza de las zonas afectadas y acompañe a los usuarios perjudicados, a fin de garantizar el respeto de sus derechos. Para más información pueden comunicarse al Fono Sunass 1899.

Redacción RSM

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