GERESA inspeccionó piscinas en Camaná

Con la finalidad de contribuir a prevenir y controlar los diferentes factores de riesgo sanitario que se presentan en las piscinas públicas y privadas de uso colectivo que ponen en riesgo la salud de los usuarios, la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, y el personal técnico de la Red de Salud Camaná – Caravelí, efectuaron fiscalizaciones inopinadas de piscinas, en la provincia de Camaná, como el Parque Acuático ubicado en Cerrillos 1 frente al malecón balneario y Parque La Familia.

La directora ejecutiva de salud ambiental Emiliana Aro Retamozo informó que de la evaluación de piscinas se pudo verificar que la sala de máquinas no funcionan las mismas que mantienen la dosificación continua de cloro,  y el sistema de recirculación, del agua, encontrándose bajo cloro residual, aguas turbias, Lavapiés sin cloro residual, sin informe de ensayo del muestreo mensual de agua de piscina para los análisis de coliformes termotolerantes, así como no cuentan con autorización sanitaria emitida por la GERESA – DESA, con el riesgo de contraer enfermedades transmitidas por el agua contaminada como son diarrea, sarpullidos en la piel, dolor de oído, tos o congestión y dolor en los ojos; incumpliendo la normatividad vigente R.M N° 527-2016 y el D.S Nº 007-2003-SA.

Asimismo, la especialista señaló que se han encontrado observaciones como la falta de cloro residual, sala de máquinas inoperativa del estanque, la regularización documentaria, todo eso se ha evaluado a través de una ficha de inspección el cual nos da una calificación de piscina no saludable.

Cabe mencionar que para que una piscina sea calificada como piscina saludable debe cumplir con 4 criterios: primero un control de calidad microbiológica (cloro residual, coliformes termotolerantes y turbiedad); segundo el control de calidad de equipamiento e instalaciones (servicios higiénicos y duchas, lavapiés, sistema de recirculación); tercero el control de calidad de limpieza (limpieza del local, limpieza de estanque, criaderos de Aedes aegypti y cuerpos de agua); por último el control de ordenamiento documentario (cuaderno o libro de registro y aprobación sanitaria).

Redacción RSM

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