Gobierno crea nuevo delito por filtración de información reservada e impone penas de hasta 10 años de cárcel para funcionarios

El Poder Ejecutivo publicó en el diario oficial El Peruano un decreto legislativo que incorpora el artículo 409 al Código Penal, tipificando como delito la revelación de información reservada por parte de servidores y funcionarios públicos. La norma establece penas de entre cinco y diez años de prisión para quienes divulguen datos sensibles obtenidos en el ejercicio de sus funciones.

La modificación, incorporada al Código Penal aprobado por el Decreto Legislativo N.º 635, se enfoca en información vinculada a investigaciones fiscales, diligencias policiales y procesos penales en curso. Según el texto oficial, la finalidad es proteger la seguridad de las víctimas y evitar que la filtración de datos afecte la eficacia de la persecución penal, especialmente en casos relacionados con criminalidad organizada.

El decreto precisa que la sanción se aplicará cuando la divulgación comprometa el desarrollo de operativos o pueda beneficiar a organizaciones criminales. Asimismo, subraya que la medida busca reforzar la responsabilidad funcional y el deber de confidencialidad de quienes intervienen en investigaciones.

Frente a cuestionamientos surgidos en el debate público, el Ejecutivo incluyó una precisión expresa: la norma no alcanza a periodistas ni a medios de comunicación en el ejercicio de la libertad de prensa. El delito está dirigido exclusivamente a funcionarios que, en el marco de sus funciones, revelen información clasificada o reservada. La disposición entra en vigencia desde su publicación oficial.

Redacción Pamela Amesquita

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