PJ rechaza aplicación de la Ley de Amnistía para exmilitares acusados de abusos en la lucha contrasubversiva
El Poder Judicial declaró infundado el recurso de ocho exintegrantes del Ejército que pedían acogerse a la Ley de Amnistía promulgada por el gobierno de Dina Boluarte para policías, militares y comités de autodefensa por delitos cometidos entre 1980 y 2000. El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional aplicó control difuso y dejó sin efecto la norma en este proceso, siguiendo la orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de no ejecutarla.
Los exmilitares, entre ellos Jaime Manuel Pando Navarrete, “Capitán Pantera”, y Alan Olivari Medina, “Teniente Negro”, enfrentan cargos por abuso de autoridad, tortura y violación sexual contra 15 comuneros de Antabamba (Apurímac) y Chumbivilcas (Cusco) en 1990. La judicatura sostuvo que la Ley de Amnistía es “abiertamente inconstitucional y anticonvencional”, y que el proceso penal debe continuar hasta esclarecer los hechos y alcanzar justicia para las víctimas.
La defensa de los acusados anunció que apelará la decisión, mientras sectores políticos afines a la ley denunciaron una supuesta persecución contra las Fuerzas Armadas. El primer vicepresidente del Congreso, Alejandro Rospigliosi (Fuerza Popular), calificó de “prevaricadores” a los magistrados que no aplican la normativa, y acusó al Poder Judicial de favorecer a “terroristas y delincuentes”.
El fallo marca un nuevo capítulo en la controversia sobre la Ley de Amnistía, que desde su aprobación ha sido cuestionada por organismos de derechos humanos y por la comunidad internacional, al considerarla un retroceso en la lucha contra la impunidad. En adelante, el caso pasará a la instancia superior, pero el pronunciamiento reafirma que los crímenes graves cometidos en el contexto del conflicto armado interno no podrán ser borrados por decretos políticos.
Redacción Pamela Amesquita

