“Los alcaldes deben trabajar ad honorem”

A inicios del 2019, el Presidente de la República, Martín Vizcarra, indicó que incrementaría el sueldo de los alcaldes. La promesa se cumplió a través del D.S. Nº 413-2019.

En el Perú, existen 3 tipos de funciones públicas. Por designación directa, concurso público y elección popular. En éste último caso, un ciudadano (a) elegido por voto popular – era por una vocación de servicio y percibía un sueldo.

Tras ello, hace 15 o 20 años surge la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y en su Art. 21 precisa que las autoridades deben recibir una remuneración.

El abogado, José Cárdenas Chamaná, señaló que el aumento del “plus” ha generado discrepancias, pues lo adecuado hubiera sido que el Estado priorice algunos sectores que tienen muchas falencias – como es salud y educación.

“Existe otras prioridades que debió observar el mandatario”, expresó el letrado.

Cárdenas Chamaná, es de la idea que los alcaldes – no deben tener una expectativa económica – al contrario, ellos deben ingresar por vocación, por lo tanto el cargo debe ser “ad honorem”; y resultaría suficiente que con dietas, incentivos y gastos operativos – saquen adelante la administración.

Redacción RSM – Jenny Flores

 

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