70% de mypes pidió suspensión perfecta en Arequipa

El empleador que brinda información falsa o defraude a la ley será sujeto de sanciones penales por delito contra la fe pública u otro que corresponda.

El Gobierno precisó las reglas para la aplicación del nuevo procedimiento de suspensión perfecta de labores (no trabajo, no pago) regulada por el Decreto Supremo Nº 038-2020.

Se trata del Decreto Supremo Nº 011-2020-TR, vinculante para todos los empleadores y trabajadores del sector privado en cualquier régimen laboral, y en ningún caso podrá afectar derechos fundamentales de los trabajadores.

José Luis Carpio Quintana – Gerente Regional de Trabajo, informó que a la fecha recepcionó 587 solicitudes de suspensión perfecta, siendo el 70% de micro empresas (mypes).

La mayoría lo hizo antes de publicarse el reglamento, es decir antes del 21 de abril, teniendo 5 días para ratificar o cambiar la información.

Tras cumplirse lo establecido en la norma, en un plazo de 48 horas se envían los datos de las empresas calificadas para que acuda personal del área de inspecciones y cumpla su labor, el resto que corresponde al 30% será tarea de Sunafil – pues ésta se encarga de empresas medianas y grandes.

Sunafil tendría hasta 30 días y la Gerencia Regional de Trabajo 7 días para ver si procede o no el pedido. De no haber respuesta de ambas instituciones – corresponde el silencio administrativo positivo para aquellas donde no lograron la inspección.

Redacción RSM – Jenny Flores

 

 

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