6 años de prisión para alcalde Omar Candia y otros ex funcionarios

La Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa obtuvo sentencia condenatoria contra exalcalde, funcionarios y empresarios por el caso de implementación de cámaras de seguridad ciudadana del distrito de Alto Selva Alegre en agravio del Estado.

Se trata de Omar Julio Candia Aguilar (ex alcalde de Selva Alegre); los exfuncionarios Daniel Freddy Gómez Benavente (gerente municipal), Juan Jesús Lipe Lizárraga (sub gerente de Logística y Servicios Generales de la Entidad y miembro del Comité Especial) y Reynaldo Ubaldo Díaz Chilo (sub gerente de Servicio Comunal y Social y presidente del Comité Especial) como autores.

Asimismo, José Luís Ríos Sánchez (representante legal de las empresas Soluciones del Perú SA, y Andina Technology Partners INC, que conformaron el Consorcio Soluciones – Andina) y el ingeniero Sandro Constantino Martínez Sardón en su calidad de cómplices.

Para los seis imputados el Juzgado Unipersonal impuso 6 años de pena privativa de libertad por el delito contra la Administración Pública, y una reparación civil de S/2 100 010,58 soles por daño emergente y S/ 36 929,04 soles por el uso de la infraestructura sin permiso.

El Fiscal Provincial Rubén Núñez Soto, probó en juicio que Candia Aguilar no atendió el pedido de nulidad realizado por el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE) por la no integración de las bases y presentación de una garantía de la carta fianza a nombre de solo una de las empresas consorciadas. No observó la modificación de la forma del pago, la ampliación de plazo para la entrega de las cámaras, el cambio de tecnología de fibra óptica a radio enlace; tampoco actuó a pesar de conocer las comunicaciones de SEAL y Osinergmin sobre el uso de infraestructura ajena, entre otras irregularidades.

La conducta del alcalde como máxima autoridad administrativa generó un perjuicio económico de S/ 2 100 010,58 soles y una deuda de S/ 36 929,04 soles por el uso de la infraestructura sin permiso.

Para el Juzgado el alcalde tenía conocimiento jurídico al ser abogado de profesión e incumplió con el monitoreo, control y supervisión de la labor prestada por sus subordinados. Permitió la realizacion de actos irregulares voluntaria y concientemente.

Respecto a los exfuncionarios Daniel Freddy Gómez Benavente, Juan Jesús Lipe Lizárraga, Reynaldo Ubaldo Díaz Chilo, de acuerdo a sus funciones y atribuciones probó que incurrieron en varias irregularidades. La aprobación del expediente técnico sin sustento alguno y sin contar con el visto bueno del jefe de la División de Proyectos de Inversión; no atendieron las observaciones de OSCE, aprobaron ilegalmente las modificaciones del contrato y del Proyecto.

Autorizaron un pago parcial sin la justificación debida, no consideraron el presupuesto de la obra consignado en el expediente técnico aprobado para la determinación del valor referencial del proceso. Realizaron una cotización directa con empresas relacionadas entre sí tanto para la contratación del consultor que elaboró el expediente técnico del Proyecto, como para la contratación del proveedor que se encargaría de la implementación y puesta en función del mismo, y asignaron puntajes que no correspondía al postor ganador.

En el caso de Sandro Constantino Martínez Sardón, ingeniero de sistemas, firmó un contrato como consultor para el proyecto técnico. Por norma correspondía a un ingeniero electrónico o de telecomunicaciones colegiado y habilitado por el Colegio de Ingenieros del Perú. Se pronunció favorablemente por el uso de la solución de fibra óptica y amplió irregularmente el presupuesto.

La Fiscalía presentó peritajes y la Auditoría realizada por la Contraloría donde se concluye que el alcalde Candia y los exfuncionarios habrían concertado ilegalmente con José Luis Ríos Sánchez, realizando un fraude al Estado, tanto en la contratación y elaboración del expediente técnico del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Seguridad Ciudadana del distrito del Alto Selva Alegre – Arequipa), como en el proceso de selección, contratación y la ejecución del mismo, entre otros elementos probatorios.

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