Nueva modificación en Ley de Migraciones

El Congreso publicó un decreto de ley para limitar el ingreso y tránsito de ciudadanos extranjeros dentro del país, como medidas para la seguridad ciudadana. Se establece que el Ejecutivo tiene que adecuar en un plazo no mayor a 30 días calendario.

La misma que modifica los artículos 10, 45, 61 y 63 del Decreto Legislativo de Migraciones Nº1350.

La modificación del artículo 10 expresa que los extranjeros tienen que respetar el marco normativo vigente.

Respecto al artículo 45, la modificación está relacionada con el control migratorio en el que se limitará el ingreso y tránsito de los extranjeros.

El artículo 61 indica que los arrendatarios de alojamientos deben exigir documentos de la situación migratoria de los ciudadanos, teniendo que informar a la Superintendencia Nacional de Migraciones.

Finalmente, el artículo 63 expresa que se sancionará con multas a aquellos arrendatarios que no pidan los datos de información solicitados por Migraciones.

Redacción

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