Declaran en estado de emergencia 60 distritos de Arequipa ante intensas lluvias y fenómeno El Niño
El poder Ejecutivo ha declarado en Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario, 60 distritos de la región Arequipa por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023-2024) y posible Fenómeno El Niño.
Mediante Decreto Supremo Nro. 072-2023-PCM, los distritos declarados en estado de emergencia por peligro inminente, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del muy alto riesgo existente son: Cayma, Characato, Jacobo Hunter, Polobaya, Sabandía, Sachaca, San Juan de Siguas, Santa Isabel de Siguas, Socabaya, Tiabaya, Uchumayo, Vítor (Provincia de Arequipa), Mariano Nicolás Valcárcel, Nicolás de Piérola, Ocoña y Samuel Pastor (Provincia de Camaná), Cahuacho, Caravelí, Cháparra, Jaquí y Quicacha (Provincia de Caravelí), Andagua, Aplao, Ayo, Chilcaymarca, Choco, Huancarqui, Machaguay, Orcopampa, Pampacolca, Tipan, Uñón, Uraca y Viraco (Provincia de Castilla), Achoma, Cabanaconde, Huambo, Huanca, Lluta, Sibayo, Tapay, Tisco y Tuti (Provincia de Caylloma), Andaray, Cayarani, Chichas, Chuquibamba, Iray, Rio Grande y Yanaquihua (Provincia de Condesuyos), Alca, Charcana, Cotahuasi, Huaynacotas, Pampamarca, Puyca, Quechualla, Sayla, Tauría, Tomepampa y Toro (Provincia de La Unión).

Para ello, el Gobierno Regional de Arequipa y demás instituciones públicas y privadas involucradas, ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del muy alto riesgo existente. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
El referido Decreto Supremo, indica que la implementación de las acciones previstas se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Redacción RSM

