TC mantiene vigente ley que limita aplicación de delitos de lesa humanidad

El Tribunal Constitucional decidió mantener en vigencia la Ley 32107, luego de que no se alcanzaran los cinco votos necesarios para declararla inconstitucional. Las demandas presentadas por el Colegio de Abogados de Lima y el Ministerio Público fueron declaradas infundadas, lo que deja firme la norma que fija un límite temporal para aplicar los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra en el país.

Cuatro magistrados —Luz Pacheco, Francisco Morales, César Ochoa y Pedro Hernández— respaldaron la ley bajo un criterio interpretativo, mientras que Helder Domínguez, Gustavo Gutiérrez y Manuel Monteagudo votaron por anularla. La falta de consenso permitió que el texto aprobado por el Congreso se mantenga sin modificaciones, pese a las advertencias de organismos de derechos humanos y especialistas en justicia transicional.

Según la norma vigente, los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra solo se aplican a hechos ocurridos desde el 1 de julio de 2002, fecha en que entró en vigencia el Estatuto de Roma. Para hechos anteriores, rige el Código Penal de 1991, lo que implica la aplicación de prescripción a crímenes cometidos en el periodo de violencia interna.

El fallo abre un debate político y jurídico en torno al alcance de la justicia en casos emblemáticos aún pendientes. Diversos sectores advierten que mantener la ley podría favorecer la impunidad en investigaciones vinculadas a graves violaciones de derechos humanos cometidas antes de 2002.

Redacción Pamela Amesquita

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